El principio de economía requiere que los jueces ofrezcan soluciones completas a las disputas, evitando la duplicación de procedimientos

El principio de economía requiere que los jueces ofrezcan soluciones completas a las disputas, evitando la duplicación de procedimientos

(Casación 12283-2019, Amazonas)

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Fundamento destacado.

Décimo Noveno.- En función a lo expuesto, en los procesos en los que se demanda el pago de beneficios sociales, la necesidad de establecer la existencia de una relación laboral expresa, constituye un petitorio implícito, por lo que, existe la obligación del pronunciamiento del órgano judicial. El exigir al trabajador acudir a otro proceso judicial no solamente afecta el principio de economía procesal, sino también la eficacia que deben tener los procesos, esto es de lograr la finalidad de resolver los conflictos para alcanzar la paz social, por ende, resulta evidente que los órganos jurisdiccionales deben dar soluciones integrales a las controversias sin necesidad de duplicar los trámites y procesos que definitivamente constituyen una negación al acceso a la tutela jurisdiccional efectiva.

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