Los juzgados laborales únicamente son competentes para resolver sobre el pago de daños y perjuicios derivados de la responsabilidad contractual

Los juzgados laborales únicamente son competentes para resolver sobre el pago de daños y perjuicios derivados de la responsabilidad contractual

(Casación Laboral 9133-2015, Arequipa)

CONTENIDO:

Fundamento destacado.

8.7 En este orden de análisis, como puede apreciarse, el objeto de la demanda es la indemnización por la reincorporación tardía del actor a su puesto laboral, es decir, la naturaleza de la pretensión indemnizatoria es una de inejecución de obligaciones derivada de la relación laboral del actor con el Estado, y no extracontractual, por tanto, aun cuando el actor haya consignado en el escrito de demanda como indemnización por responsabilidad extracontractual, correspondía al Juez calificar desde el Derecho la demanda, a fin de dar el trámite que corresponda, y hacer efectivo los derechos sustanciales, en atención a lo dispuesto por el artículo VII del Código Procesal Civil, toda vez que sólo así se satisface el fin del proceso a que se refiere el artículo III del mismo cuerpo normativo.

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